miércoles, 6 de abril de 2016

AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR

                                                                                       

                                                          TRANSPORTE  ILEGAL DE NIÑOS

Es muy frecuente que padres, madres o responsables, requieran la ayuda de algún familiar o amistad, para trasladar a su menor hijo de una ciudad a otra, en vehículo privado o transporte público,  desconociendo que para ello se requiere autorizar a ese tercero a viajar con el niño, y así lo establece el artículo  391 de la LOPNNA.  Por lo que ese tercero  que transporta a un  niño sin la debida  autorización de sus padres, estará cometiendo una infracción que le acarrea  una sanción, que según la gravedad, será multado de 60 a 120 unidades tributaria, eso es solo si el hecho no se considera como delito. Artículo 231 de Ley Orgánica para Protección del Niño Niña y Adolescente.

Un permiso para viaje es muy sencillo y gratuito, puede solicitarse ante el Consejo Municipal de Derechos  del Niño y del Adolescente (CMDNNA)  y/o documento notariado, que  se puede imprimir  de manera expedita  a través del portal del  Servicio Autónomo de Registros y Notarias (Saren)  y posteriormente introducirlo ante cualquier notaria de la ciudad.
Cuando se trata de niños, sus derechos e intereses serán prioridad, y  el desconocer las normas no excusara su cumplimiento. Prevé problemas legales y consulta con los abogados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario