Se
acerca el Aguinaldo y Utilidades con Nueva disposición en la LOTTT...
A solo días de comenzar el mes de la navidad y fin del año, los venezolanos se preparan para
realizar las acostumbradas compras decembrinas, desde ya las empresas y
trabajadores hacen sus cálculos y se plantean un presupuesto para otorgar y/o
recibir las Utilidades y Bonificaciones garantizadas en la ley laboral.
En Mayo de este año se realizaron algunas
modificaciones en la Ley Orgánica del Trabajo, en referencia a las Utilidades
y/o bonificación de fin de año se aumento el monto mínimo a 30 días de
salario y el limite máximo equivalente a 4 meses de salario, que deberán
ser canceladas anualmente dentro de los primeros 15 días del mes de diciembre,
o de acuerdo a lo pactado en la Convención Colectiva.
Aquellos trabajadores que no hubiesen
laborado todo el año, el pago de su bonificación se realizara
proporcionalmente a los meses completos trabajados.
Las empresas están obligadas a distribuir
entre sus trabajadores por lo menos el 15% de los beneficios líquidos
obtenidos, pero tomando en cuenta los limites mínimo y máximo establecidos.
Para determinar el monto distribuible por concepto de utilidades, se tomara
como base la declaración del Impuesto sobre la Renta.
Las utilidades podrán ser verificables si la mayoría de
trabajadores, su sindicato o la Inspectoría del Trabajo solicitan ante el
Seniat el examen de balances e inventarios, para comprobar la renta obtenida en
uno o más ejercicios anuales. La Administración Tributaria deberá rendir su
informe en un lapso que no exceda de 6 meses y tendrá que ser remitido a los
solicitantes, patrono y a la Inspectoría del Trabajo.