Todo niño tiene derecho a expresar su opinión en todos los ámbitos en el que se desenvuelva, y que su palabra sea tomada en cuenta.
En un proceso administrativo o judicial en el que se pretenda resolver derechos del niño y/o adolescente, se le garantiza su derecho a comparecer y opinar, para conducir a una decisión en la que prevalezca el interés superior del niño. Ningún niño puede ser obligado o coaccionado a expresar su punto de vista, si este no lo quisiera.
En caso de niños con alguna discapacidad o necesidades especiales, al expresar su punto de vista sobre determinado asunto, deberán ser acompañados por profesional calificado que pueda trasmitir de manera imparcial su opinión.
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